El contribuyente solo puede deducir el IVA si utiliza el vehículo de dos ruedas directa y exclusivamente para desplazarse al trabajo. Cuestión complicada de demostrar.

En relación con el IRPF la bicicleta debe estar registrada como vehículo de la empresa en los libros obligatorios.

Serán los Servicios de Gestión e Inspección de la Agencia Tributaria los que dictaminen el poder o no deducir la compra de la bici.

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